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Revisamos actividad, domicilio, categoría inicial, altas impositivas, facturación y obligaciones vinculadas.
MONOTRIBUTO · CÓRDOBA
Asesoramiento para alta, categorización, facturación, recategorización, Monotributo Unificado y control de obligaciones nacionales, provinciales y municipales.
Consulta profesional arancelada · Atención con cita previa · Presencial o virtual
SITUACIONES FRECUENTES
El Monotributo no termina con el alta. La actividad debe quedar correctamente encuadrada también frente a Provincia y, cuando corresponda, Municipio.
Revisamos actividad, domicilio, categoría inicial, altas impositivas, facturación y obligaciones vinculadas.
Controlamos categoría, actividad declarada, facturación, pagos, Ingresos Brutos y situación municipal.
Evaluamos ingresos y demás parámetros de los últimos doce meses para determinar si corresponde modificar la categoría.
Revisamos períodos impagos, diferencias de encuadramiento, notificaciones y alternativas de regularización.
Analizamos si conviene permanecer, renunciar o preparar el pasaje al Régimen General antes de una exclusión.
Debe revisarse si el régimen local simplificado sigue siendo aplicable o si corresponde analizar Convenio Multilateral.
NACIÓN · PROVINCIA · MUNICIPIO
Una inscripción nacional correcta no siempre significa que todas las obligaciones locales estén resueltas.
El régimen nacional simplifica IVA y Ganancias y, según la situación del contribuyente, incorpora aportes jubilatorios y obra social.
El Código Tributario Provincial establece un Régimen Simplificado obligatorio para pequeños contribuyentes locales alcanzados por Ingresos Brutos.
La ciudad cuenta con un Régimen Simplificado para pequeños contribuyentes de la contribución sobre actividad comercial, industrial y de servicios.
VALORES 2026
ARCA publica los límites y cuotas vigentes para cada categoría. Desde el 1 de agosto de 2026 rigen nuevos valores nacionales.
Como los parámetros cambian semestralmente, evitamos utilizar una tabla fija en esta página. Antes de una recategorización o alta verificamos los valores vigentes al momento de realizar el trámite.
FACTURACIÓN
La inscripción debe completarse con puntos de venta, comprobantes y control de la actividad declarada.
Los monotributistas emiten comprobantes electrónicos clase “C” para operaciones locales, salvo los supuestos especiales previstos por la normativa.
Debe habilitarse el punto de venta correspondiente al sistema de facturación utilizado.
La actividad registrada debe coincidir con lo que efectivamente se factura y con el tratamiento tributario correspondiente.
Conviene controlar pagos, facturación acumulada, notificaciones y posibles inconsistencias antes de cada recategorización.
LEGISLACIÓN DE CÓRDOBA
El Código Tributario Provincial —Ley 6006, texto ordenado 2023 y sus modificaciones— establece un régimen simplificado obligatorio para los pequeños contribuyentes locales alcanzados por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
El régimen provincial toma como referencia la categoría en la que el contribuyente se encuentra adherido al Monotributo nacional. Los importes provinciales son definidos por la Ley Impositiva Anual y normativa reglamentaria.
Para 2026 la Provincia sancionó una nueva Ley Impositiva Anual y modificaciones al Código Tributario, por lo que el encuadramiento debe revisarse conforme a la normativa vigente del período.
SALIDA DEL MONOTRIBUTO
Cuando los parámetros dejan de permitir la permanencia en el régimen simplificado, conviene anticipar el cambio y ordenar las nuevas obligaciones.
Puede realizarse voluntariamente cuando el contribuyente está próximo a superar los parámetros y necesita pasar a IVA y Ganancias.
Puede producirse por superar parámetros, inconsistencias relevantes, falta de facturación, determinadas importaciones u otras causales previstas por ARCA.
El cambio puede implicar nuevas obligaciones en IVA, Ganancias, Autónomos, Ingresos Brutos y, según el caso, tributos municipales.
PRE-EVALUACIÓN
El formulario no guarda información en el sitio. Sólo prepara un mensaje de WhatsApp para que vos decidas enviarlo.
PREGUNTAS FRECUENTES
El régimen nacional simplifica el componente impositivo de IVA y Ganancias y, según la situación, aportes jubilatorios y obra social. En Córdoba puede integrarse además el componente provincial y, cuando corresponda, municipal.
ARCA establece dos períodos por año, en febrero y agosto, tomando los parámetros de los últimos doce meses. Si la categoría no cambia, no corresponde realizar modificación.
Para operaciones locales corresponde, como regla general, comprobante electrónico clase “C”. Para exportaciones existen comprobantes específicos.
No necesariamente. En Córdoba existe un Régimen Simplificado provincial vinculado al Monotributo nacional. Debe revisarse la actividad, domicilio y jurisdicción.
Puede ser necesario analizar el Convenio Multilateral para Ingresos Brutos. El encuadramiento depende de dónde y cómo se desarrolla la actividad.
Puede corresponder renuncia o exclusión y el pasaje al Régimen General. Conviene evaluarlo antes de que ARCA determine una exclusión de oficio.
Indicá actividad, localidad, categoría y facturación aproximada para coordinar una revisión inicial.