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Revisamos quién cita, para qué acto, la fecha y la documentación que acompaña la notificación.
DERECHO PENAL JUVENIL · CÓRDOBA
Asistencia jurídica especializada para adolescentes desde los 14 y hasta antes de cumplir 18 años, con análisis del proceso, las garantías, las medidas vigentes y las alternativas que puedan corresponder.
Consulta profesional arancelada · Atención con cita previa · Presencial o virtual
SITUACIONES FRECUENTES
En penal juvenil las fechas y el estado procesal pueden ser determinantes. La primera tarea es identificar qué actuación existe y qué decisión debe tomarse.
Revisamos quién cita, para qué acto, la fecha y la documentación que acompaña la notificación.
Analizamos la situación de libertad, la intervención judicial y las garantías que deben respetarse desde el primer momento.
Revisamos el hecho atribuido, la prueba conocida, el estado del expediente y las medidas vigentes.
Ordenamos antecedentes, fechas y documentación para preparar la intervención y la estrategia de defensa.
Revisamos su alcance, duración, obligaciones y consecuencias ante un eventual incumplimiento.
Explicamos el proceso, qué información conviene reunir y qué decisiones requieren intervención profesional.
DERECHOS Y GARANTÍAS
No es un proceso penal de adultos aplicado a una persona menor de edad. La Ley 27.801 establece garantías y condiciones propias del sistema juvenil.
El adolescente debe contar con asistencia letrada y participar del proceso con información comprensible sobre su situación.
Su opinión debe ser escuchada y considerada en las decisiones que lo afectan, junto con la intervención de la defensa.
La ley prevé que padres o responsables sean informados de la actuación judicial y del hecho atribuido.
El proceso es reservado y existe una prohibición específica de divulgar datos que permitan identificar al adolescente imputado.
Durante el proceso, una restricción de libertad requiere decisión fundada en riesgos procesales debidamente constatados.
Cuando el encierro resulte indispensable, la ley prohíbe el alojamiento junto con personas mayores de edad.
ALTERNATIVAS Y MEDIDAS
Según el delito atribuido, los antecedentes y los requisitos legales, pueden existir medidas y soluciones diferentes. Cada alternativa debe evaluarse sobre el expediente concreto.
El régimen contempla, entre otras, acompañamiento interdisciplinario, continuidad educativa, formación, salud y otras medidas orientadas a la integración social.
La ley prevé distintas respuestas, como reglas de conducta, servicios a la comunidad, monitoreo electrónico o reparación del daño, según corresponda.
Puede solicitarse en determinados supuestos y requiere, entre otros requisitos, el consentimiento de la víctima y el cumplimiento de las condiciones legales.
Puede ser una alternativa en los casos legalmente habilitados, con audiencia y condiciones de cumplimiento definidas judicialmente.
DOCUMENTACIÓN
No hace falta tener todo. Lo más importante es poder identificar el expediente, las fechas próximas y las medidas que ya fueron dispuestas.
CÓRDOBA
La Provincia de Córdoba adecuó su Ley Procesal Penal Juvenil 11.035 al nuevo régimen nacional mediante la Ley 11.136, sancionada el 2 de septiembre de 2026 y publicada el 4 de septiembre.
Por eso, en un caso tramitado en Córdoba no alcanza con revisar únicamente la Ley nacional 27.801: también debe analizarse el procedimiento provincial y la actuación concreta de los organismos especializados.
PRE-EVALUACIÓN PENAL JUVENIL
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PREGUNTAS FRECUENTES
Desde los 14 años y hasta las cero horas del día en que la persona cumple 18 años. La edad relevante es la que tenía al momento del hecho.
No. El proceso tiene carácter reservado y la ley prohíbe divulgar datos que permitan identificar al adolescente imputado, salvo las excepciones previstas legalmente.
Sí. La autoridad judicial debe comunicar a padres o responsables la actuación y los actos procesales desarrollados, además de informar el hecho atribuido.
No. Cuando resulte indispensable una medida de encierro, la ley prohíbe el alojamiento junto con personas mayores de edad.
Sí. El régimen contempla diversas medidas y penas no privativas de libertad y, cuando se cumplen los requisitos, mediación penal juvenil y suspensión del proceso a prueba.
Conservá la citación completa y comunicá la fecha, el organismo interviniente y la situación procesal. No es necesario enviar datos sensibles en el primer contacto.
Indicá la edad del adolescente, localidad, organismo interviniente y próxima fecha procesal para coordinar la consulta.